Colaboraciones
Existen tres modalidades para aquellos que estén interesados en colaborar con Fundación Las Tinajas, desde la aportación económica hasta la participación directa en los proyectos y actividades de la Fundación.
En las siguientes secciones te los proponemos; en cualquier caso, si deseas participar en nuestra Fundación, no dudes en contactarte a través de nuestro correo electrónico: info@fundacionlastinajas.org
Participar en Fundación Las Tinajas como Socio-Benefactor
Serán Socios Benefactores aquellas personas identificadas con los fines de la Fundación, que contribuyan económicamente al sostenimiento y desarrollo de la labor de ésta, mediante aportaciones periódicas. Para ser Socio Benefactor es necesario rellenar el Formulario Fundación Las Tinajas, y aportar una cuota mínima anual de $1.000,00 pudiendo a partir de ese momento participar en los proyectos y actividades que la Fundación.
LA CUOTA SE CONSIDERA UNA DONACIÓN POR LO QUE PUEDE DEDUCIRSE DE LAS UTILIDADES: Fundación Las Tinajas es una entidad expresamente reconocida como exenta, cumpliendo los requisitos establecidos por la A.F.I.P. La deducción no debe superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada hasta el mes que se liquida. Esta deducción deberá ser declarada expresamente a través de formulario web.
Participar en Fundación Las Tinajas como Socio Voluntario
Voluntario es la persona que, por elección propia, ofrece libremente su tiempo, sus conocimientos, su experiencia… sin recibir remuneración a cambio de la acción solidaria desde la comprensión que su esfuerzo contribuye a la creación de un mundo mejor.
Ejecutar una donación
Se puede colaborar con Fundación Las Tinajas con aportaciones económicas puntuales. Estas aportaciones tienen en cualquier caso el carácter de donaciones, con todas las ventajas fiscales que comportan las donaciones a una Fundación como la nuestra.
Para realizar una donación rellena este Formulario Fundación Las Tinajas y envíalo, para que podamos expedir el correspondiente certificado.
Las personas físicas y entidades jurídicas que tributan el impuesto a las ganancias pueden deducir de sus utilidades el importe donado.
Cualquiera sea nuestra condición, trabajador en relación de dependencia, autónomo o empresa, podemos deducir del impuesto los gastos realizados por donaciones, a entidades reconocidas como exentas por la AFIP.
El monto máximo deducible en este concepto es hasta un 5% de la ganancia neta anual, y es independiente de otras deducciones aplicables.
Contribuir utilizando esta opción, para todos aquellos que tributan el impuesto, es una forma de hacer el bien, con un menor esfuerzo.
| Concepto | Impuesto a las ganancias SIN DONACIÓN |
Impuesto a las ganancias CON DONACIÓN |
|---|---|---|
| Total de ingresos gravados | $ 80.000,00 | $ 80.000,00 |
| Egresos deducibles | $ 56.000,00 | $ 56.000,00 |
| Ganancia neta | $ 24.000,00 | $ 24.000,00 |
| Donaciones | $ 1.200,00 | |
| Otras deducciones | $ 5.000,00 | $ 5.000,00 |
| Ganancia sujeta a impuesto | $ 19.000,00 | $ 17.800,00 |
| Alicuota | % 35 | % 35 |
| Impuesto determinado | $ 6.650,00 | $ 6.230,00 |
De acuerdo con el ejemplo presentado calculando el impuesto de acuerdo con el articulo N° 69, de la Ley del impuesto a las ganancias (alícuota del 35%) y estimando una donación anual de $ 1.200.- surge que su verdadero costo es de $ 780.- debido a una reducción en el impuesto a pagar de $ 420.-
Su ayuda y apoyo es importante, para colaborar con nuestra Fundación, consulte con su asesor de impuestos, esta alternativa.